Comercio exterior · 25 de septiembre de 2026

Régimen arancelario fronterizo: vigencia hasta 2030

Prórroga del régimen y renovación automática de registros vigentes.

Decreto por el que se modifica el diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte.

Dependencia: Presidencia de la República. Publicación: 25/09/2026.

Contenido oficial: Modifica el primer transitorio del decreto para extender su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030. Los Registros como Empresa de la Frontera otorgados por la Secretaría de Economía que estén vigentes se renuevan automáticamente por la vigencia del decreto, sin gestión ante la autoridad, según el segundo transitorio.

A quién afecta — orientación editorial: Empresas que operan al amparo del régimen de la región fronteriza y la franja fronteriza norte, particularmente titulares de registros vigentes como Empresa de la Frontera.

Entrada en vigor: Al día siguiente de su publicación, conforme al primer transitorio (26 de septiembre de 2026).

Consultar texto oficial del DOF

Síntesis informativa. Consulte el documento oficial completo para determinar su alcance y aplicación a cada operación.

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