Acuerdo por el que se expiden las Reglas de carácter general para la tramitación, asignación e integración de claves vehiculares a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
Dependencia: Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Publicación: 08/10/2026.
Contenido oficial: El Acuerdo 151/2026 establece el procedimiento para tramitar, asignar e integrar las claves vehiculares y dispone que las solicitudes de número de empresa y de modelo, así como los informes de alta, modificación y cancelación de claves, se realicen por internet mediante el Sistema de Claves Vehiculares (SICLAVE).
Las reglas comprenden a fabricantes, ensambladoras, distribuidoras autorizadas y comerciantes de vehículos, así como a quienes importen automóviles para su permanencia definitiva en la franja fronteriza norte, Baja California, Baja California Sur y la región parcial de Sonora. Para ciertos trámites de importadores y ensambladores se exige, entre otros documentos, el pedimento de importación definitiva correspondiente.
El informe de clave vehicular deberá presentarse cuando menos 15 días antes de la enajenación del vehículo a la persona consumidora. Las claves registradas, modificadas y canceladas podrán consultarse en el portal de la SHCP indicado en el propio Acuerdo.
A quién afecta — orientación editorial: Fabricantes, ensambladoras, distribuidoras y comerciantes del sector automotriz; importadores de vehículos nuevos y quienes intervienen en la documentación fiscal, aduanera y comercial de esas operaciones.
Entrada en vigor: 9 de octubre de 2026, día siguiente al de su publicación en el DOF.