Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
Dependencia: Presidencia de la República. Publicación: 13 de octubre de 2026.
Resumen ejecutivo
Establece temporalmente la exención del impuesto de importación para la fracción 9803.00.01, relativa a partes y componentes para ensamble de automóviles por empresas de la industria automotriz terminal con autorización de depósito fiscal y sujetas a los lineamientos de Economía.
Impacto práctico — análisis editorial
Revisar clasificación, autorización y cumplimiento de lineamientos antes de aplicar la exención; actualizar el cálculo del costo de importación de operaciones elegibles. La medida está focalizada en esa fracción y no permite extender el beneficio a cualquier autoparte ni sustituye la revisión de otras obligaciones.
Entrada en vigor y plazos
14 de octubre de 2026, día siguiente a la publicación. El transitorio único establece una vigencia de cinco años contados desde su entrada en vigor.