Comercio exterior · 13 de octubre de 2026

TIGIE: exención temporal para partes de ensamble automotriz

Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Dependencia: Presidencia de la República. Publicación: 13 de octubre de 2026.

Resumen ejecutivo

Establece temporalmente la exención del impuesto de importación para la fracción 9803.00.01, relativa a partes y componentes para ensamble de automóviles por empresas de la industria automotriz terminal con autorización de depósito fiscal y sujetas a los lineamientos de Economía.

Impacto práctico — análisis editorial

Revisar clasificación, autorización y cumplimiento de lineamientos antes de aplicar la exención; actualizar el cálculo del costo de importación de operaciones elegibles. La medida está focalizada en esa fracción y no permite extender el beneficio a cualquier autoparte ni sustituye la revisión de otras obligaciones.

Entrada en vigor y plazos

14 de octubre de 2026, día siguiente a la publicación. El transitorio único establece una vigencia de cinco años contados desde su entrada en vigor.

Consultar texto oficial del DOF

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