Acuerdo por el que se modifica la delimitación y determinación del recinto portuario del Puerto de Mazatlán, ubicado en el Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa.
Dependencias: Secretaría de Marina y Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Publicación: 19/10/2026.
Contenido oficial: El Acuerdo modifica la delimitación del Recinto Portuario del Puerto de Mazatlán. La nueva poligonal comprende una superficie total de 26,872.2073 m²: 8,746.5049 m² de zona federal marítima, 4,875.3189 m² de zona federal marítimo terrestre y 13,250.3835 m² de terrenos ganados al mar.
Las áreas de agua y tierra, obras, instalaciones y demás bienes de dominio público comprendidos en la delimitación quedan afectos al recinto portuario y bajo la administración de la Secretaría de Marina. Se destinan al establecimiento de instalaciones y a la prestación de servicios portuarios; su uso y operación se sujetan a la Ley de Puertos, al programa maestro de desarrollo portuario, a sus reglas de operación y a la normativa ambiental aplicable.
A quién afecta — orientación editorial: Administración del Sistema Portuario Nacional Mazatlán, autoridades portuarias y ambientales, concesionarios, permisionarios, prestadores de servicios portuarios y usuarios con actividades dentro del área modificada.
Entrada en vigor: 20 de octubre de 2026. Las concesiones, permisos y autorizaciones otorgados antes de la entrada en vigor continuarán produciendo efectos conforme a sus términos hasta concluir su vigencia.