Acuerdo por el que la Secretaría de Energía emite los Lineamientos para la aprobación, actualización y vigilancia de los Organismos de Evaluación de la Conformidad que evalúan la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas que regulan las especificaciones de calidad de los Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos y del registro de los laboratorios extranjeros que emitan documentos equivalentes a las Normas Oficiales Mexicanas que regulan las especificaciones de calidad.
Dependencia: Secretaría de Energía. Publicación: 28/10/2026.
Contenido oficial: Los Lineamientos establecen requisitos y procedimientos para aprobar, actualizar y vigilar a los organismos que evalúan el cumplimiento de las NOM sobre calidad de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.
También regulan el registro de laboratorios de ensayo y pruebas establecidos en el extranjero que emitan certificados de calidad de origen, informes de resultados u otros documentos equivalentes relacionados con la importación de esas mercancías. El registro podrá otorgarse hasta por cuatro años y requiere, entre otros elementos, acreditación vigente, alcance técnico para los métodos de prueba aplicables y documentación en idioma original acompañada de traducción al español.
Las aprobaciones vigentes otorgadas por la extinta Comisión Reguladora de Energía o por la Comisión Nacional de Energía podrán seguir utilizándose hasta concluir su vigencia. Mientras se habilita la plataforma digital prevista, las solicitudes deberán presentarse en la oficialía de partes de la Secretaría de Energía.
A quién afecta — orientación editorial: Organismos de Evaluación de la Conformidad, laboratorios nacionales y extranjeros, importadores y operadores que utilicen certificados o informes de calidad para acreditar el cumplimiento de NOM aplicables a hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.
Entrada en vigor: 29 de octubre de 2026. El Acuerdo abroga el A/60/2024 publicado el 16 de agosto de 2024.